Sanciones OFAC y restricciones bancarias en México

Una designación de la OFAC y la inclusión en la Lista de Personas Bloqueadas de México no son el mismo acto. Antes de actuar identificamos qué autoridad o qué decisión originó la medida y qué mecanismos resultan aplicables.

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En México, el término «Lista Clinton» se usa menos que en Colombia; lo habitual es hablar de lista OFAC o, directamente, de problemas con el banco. Y hay una razón para separar bien los conceptos: junto a la lista SDN de la OFAC existe un instrumento mexicano, la Lista de Personas Bloqueadas, que administra la Unidad de Inteligencia Financiera. No son el mismo acto, no proceden de la misma autoridad y no se combaten de la misma manera.

Dos listas que conviene no confundir

Lista SDN (OFAC)Lista de Personas Bloqueadas (LPB)
AutoridadDepartamento del Tesoro de EE. UU.Unidad de Inteligencia Financiera (SHCP), México
NaturalezaActo administrativo estadounidenseActo administrativo mexicano
Efecto directoBloqueo de bienes bajo jurisdicción de EE. UU. y prohibición de operar para personas estadounidenses Obligación de las entidades mexicanas de suspender actos, operaciones o servicios
Vía de defensaReconsideración ante la OFACProcedimiento ante la autoridad mexicana

Qué suele estar detrás de una restricción bancaria

Cuando una institución mexicana limita una cuenta o rechaza una operación, el origen puede ser una inclusión en la LPB, una coincidencia con una lista internacional dentro de sus procesos de cumplimiento, o una decisión propia de gestión de riesgo. Identificar cuál de los tres es el caso determina el camino: no tiene sentido preparar un expediente ante la OFAC si lo que existe es un acto de autoridad mexicana, ni al revés.

Pida a su institución, por escrito, que precise el tipo de medida adoptada y su fundamento. Esa respuesta —o la falta de ella— es el punto de partida del análisis.

Si existe una designación de la OFAC

El procedimiento es el mismo que para cualquier otra jurisdicción: verificación de la entrada y del programa aplicable, análisis de los fundamentos y, si hay recorrido, petición de reconsideración. Puede consultar el detalle en cómo salir de la Lista Clinton y en reconsideración ante OFAC.

Si se trata de una coincidencia de nombre

El trabajo consiste en acreditar la identidad ante la institución que generó la alerta, comparando los datos publicados en la entrada con la documentación de la persona. Lo explicamos en homonimia en la Lista Clinton.

Empresas: propiedad y control

Una sociedad mexicana puede verse afectada sin figurar en ninguna lista si su estructura de propiedad incluye a personas designadas por encima de los umbrales que aplica la OFAC. Revisar la cadena societaria completa —y no solo la razón social— es parte del análisis cuando hay empresas de por medio.

Preguntas frecuentes

No. La Lista de Personas Bloqueadas (LPB) la administra la Unidad de Inteligencia Financiera, dependiente de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y es un instrumento del ordenamiento mexicano con su propio procedimiento. La lista SDN la administra la OFAC, una autoridad estadounidense. Una persona puede estar en una y no en la otra, y los mecanismos de defensa son distintos en cada caso.

Fuentes

  • Unidad de Inteligencia Financiera (SHCP) — comunicado sobre medidas preventivas derivadas de una designación de la OFAC: gob.mx/uif
  • Buscador oficial de sanciones de la OFAC: sanctionssearch.ofac.treas.gov

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Identificar el origen de mi restricción bancaria

Describa qué le comunicó la institución financiera. Determinamos si el asunto corresponde a la OFAC, a la autoridad mexicana o a una decisión de la propia entidad.

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