Lista OFAC: qué es la lista SDN y cómo funciona
La OFAC administra varias listas y numerosos programas de sanciones. Explicamos qué es la lista SDN, en qué se diferencian las demás listas, cómo opera el criterio de propiedad del 50 % y qué papel cumplen las licencias.
La OFAC —Oficina de Control de Activos Extranjeros del Departamento del Tesoro de Estados Unidos— es el organismo que administra y aplica los programas de sanciones económicas y comerciales de ese país. Cuando se habla de «lista OFAC» suele aludirse a la lista SDN, pero la realidad es más amplia: existen varias listas y numerosos programas, y las restricciones que derivan de cada uno son distintas. Esta página explica esa taxonomía. Si lo que busca es el sentido que tiene la expresión «Lista Clinton» en América Latina, lo tratamos en la página qué es la Lista Clinton.
Qué es la lista SDN
La lista de Nacionales Especialmente Designados y Personas Bloqueadas recoge a quienes la OFAC ha designado en aplicación de uno o varios programas de sanciones. La consecuencia central es el bloqueo: los bienes e intereses en bienes de la parte designada que se encuentren en Estados Unidos, o en poder o bajo control de personas estadounidenses, quedan bloqueados, y con carácter general se prohíbe a las personas estadounidenses realizar operaciones con ella.
Cada entrada del registro indica el programa al amparo del cual se ha producido la designación. Ese dato es determinante, porque define qué prohibiciones se aplican y qué licencias generales pueden existir.
Otras listas y programas
Junto a la lista SDN, la OFAC mantiene listas con efectos más acotados. Algunas restringen operaciones concretas —por ejemplo, determinadas operaciones de deuda o de capital con entidades de sectores específicos— sin bloquear los activos. Otras identifican a personas de terceros países en relación con la elusión de sanciones. Confundir una designación SDN con la inclusión en una lista sectorial lleva a conclusiones equivocadas sobre lo que está y lo que no está permitido.
Propiedad y control: por qué una empresa puede verse afectada
La OFAC aplica un criterio de propiedad según el cual una entidad participada en un 50 % o más por una o varias personas designadas se trata como bloqueada, aunque su nombre no figure en la lista. La participación puede ser directa o indirecta y puede resultar de la suma de varias participaciones. En la práctica, esto obliga a revisar la cadena societaria completa antes de afirmar que una sociedad no está afectada.
Licencias: generales y específicas
Las sanciones no son siempre absolutas. Existen licencias generales, que autorizan de antemano determinadas categorías de operaciones, y licencias específicas, que se solicitan a la OFAC para un caso concreto. Determinar si una operación está cubierta por una licencia general, o si procede solicitar una específica, es una cuestión técnica que depende del programa aplicable.
Qué significa esto para América Latina
En Colombia, México, Ecuador o Perú, el efecto más inmediato de una designación rara vez procede de una autoridad local: llega por la vía de las entidades financieras y de sus políticas de cumplimiento. De ahí que en nuestra práctica convivan dos tipos de encargos muy distintos: los que exigen actuar ante la OFAC y los que exigen actuar frente a un banco. En México, además, hay que distinguir la designación de la OFAC de la inclusión en la Lista de Personas Bloqueadas que administra la UIF, que es un acto de autoridad mexicana con su propio procedimiento.
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Preguntas frecuentes
La lista SDN es la más conocida, pero no es la única. La OFAC mantiene además listas sectoriales y de ámbito más limitado —entre ellas la lista de personas identificadas conforme a la Ley de Sanciones Sectoriales y la lista de personas extranjeras que eluden sanciones—, cada una con restricciones propias. Por eso, al revisar un resultado, es imprescindible identificar de qué lista y de qué programa procede: las consecuencias jurídicas no son las mismas.
La OFAC aplica un criterio según el cual una entidad participada en un 50 % o más, de forma directa o indirecta, por una o varias personas designadas se considera bloqueada aunque no figure por su nombre en la lista. Es una de las razones por las que una empresa puede verse afectada sin estar designada: lo que importa es la estructura de propiedad. Determinar si ese umbral se alcanza exige un análisis societario detallado.
Sí. La OFAC publica altas, bajas y modificaciones de forma continua. Por eso una verificación tiene valor referido a la fecha en que se hizo, y conviene conservar constancia del momento de la consulta. Publicar o distribuir copias desactualizadas de la lista como si fueran la fuente autorizada es una mala práctica: la fuente es siempre el registro oficial.
Puede afectarlas de forma indirecta y muy relevante. Las operaciones en dólares suelen pasar por bancos corresponsales estadounidenses, y las entidades de terceros países aplican políticas de cumplimiento para no poner en riesgo su propio acceso a ese sistema. Además, determinados programas prevén consecuencias para personas no estadounidenses que realicen ciertas operaciones con partes designadas.
Fuentes oficiales
- OFAC — Presentación de una petición de exclusión de una lista: ofac.treasury.gov
- OFAC FAQ 5 — coincidencias de nombre y falsos positivos: ofac.treasury.gov/faqs/5
- OFAC FAQ 469 — la OFAC no emite certificados de no inclusión: ofac.treasury.gov/faqs/469
- OFAC FAQ 897 — procedimiento de reconsideración: ofac.treasury.gov/faqs/897
- Buscador oficial de sanciones de la OFAC: sanctionssearch.ofac.treas.gov
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