Defensa legal internacional · Lista Clinton · OFAC
Defensa legal frente a la Lista Clinton y las sanciones OFAC
¿Su nombre o el de su empresa aparece en una lista de sanciones? ¿Un banco rechazó una operación, cerró su cuenta o le informó de una coincidencia con la Lista Clinton? Analizamos la situación jurídica y los documentos disponibles para identificar las vías de actuación pertinentes ante la OFAC, ante las entidades financieras y, cuando corresponda, ante las autoridades nacionales.
¿Cuál es su situación?
Las tres situaciones que más se confunden exigen caminos distintos. Elegir el correcto desde el principio ahorra tiempo y dinero.
Estoy incluido en una lista de la OFAC
Revisión de la designación, del programa bajo el que se adoptó y de los fundamentos para una posible petición de reconsideración.
Revisar mi casoTengo el mismo nombre que una persona sancionada
Análisis de identidad, comparación con los datos publicados y preparación de una aclaración documentada ante el banco.
Resolver una coincidenciaMi banco bloqueó o cerró una cuenta
Identificación de la causa real —bloqueo, rechazo o decisión de riesgo— y de las opciones legales frente a la entidad.
Analizar la restricción bancaria¿Qué es la Lista Clinton?
«Lista Clinton» es el nombre que se usa en Colombia y en buena parte de América Latina para referirse a la lista SDN que administra la OFAC, la oficina del Departamento del Tesoro de Estados Unidos encargada de aplicar los programas de sanciones. No es una denominación oficial, y conviene no confundirla con las decisiones que toman los bancos locales a partir de sus propias políticas de cumplimiento. Lea la explicación completa.
La consulta oficial es pública y gratuita: se hace en el buscador de sanciones de la OFAC. Este sitio no es un buscador de sanciones ni está afiliado a ninguna autoridad pública.
¿Qué pasa si aparezco?
Depende de qué sea lo que aparece. Si hay una designación efectiva, los efectos habituales son el bloqueo de bienes bajo jurisdicción estadounidense y la imposibilidad de operar con personas estadounidenses, con un impacto inmediato en la banca corresponsal. Si lo que hay es una alerta de cumplimiento por similitud de nombre, el problema es real pero su solución es otra: acreditar la identidad ante quien generó la alerta. Y si la medida responde a la política de riesgo del banco, ni siquiera hay lista de por medio.
Cómo trabajamos
- Escuchamos y verificamos. Revisamos lo que le comunicó el banco y consultamos el registro oficial.
- Le decimos qué tiene delante. Designación, coincidencia o decisión de la entidad: con sus consecuencias.
- Proponemos un alcance por escrito, con calendario estimado y condiciones económicas.
- Ejecutamos y le mantenemos informado durante la tramitación.
Servicios legales
- Exclusión de la Lista Clinton — viabilidad y estrategia.
- Petición de reconsideración ante la OFAC — expediente y tramitación.
- Homonimia y falsos positivos — acreditación de identidad.
- Cuentas bloqueadas, operaciones rechazadas y cierres.
- Representación en casos de Lista Clinton — alcance y condiciones.
Atendemos en español
Trabajamos consultas de Colombia, México, Ecuador, Perú y de residentes hispanohablantes en Estados Unidos. Los procedimientos ante la OFAC son administrativos y escritos: no exigen desplazarse a Estados Unidos.
Nuestro equipo

Dmytro Konovalenko
Socio sénior
Dirige los asuntos de procedimientos sancionadores ante la OFAC, solicitudes de licencia y asesoramiento sobre riesgos de sanciones. Es quien revisa el diagnóstico inicial de los casos relacionados con la Lista Clinton antes de proponer una vía de actuación.

Dr. Anatoliy Yarovyi
Socio sénior
Dirige la práctica en cumplimiento de las sanciones de Estados Unidos, liberación de fondos bloqueados y divulgación voluntaria. Interviene sobre todo en los expedientes donde hay activos retenidos o estructuras societarias que analizar.

Tatiana Del Moral
Socia asociada
Se centra en la defensa frente a sanciones de la OFAC, la exclusión de la lista SDN y las solicitudes de licencias específicas. Atiende en español a los clientes de América Latina y mantiene la interlocución durante la tramitación.
Preguntas frecuentes
No. La designación es un acto administrativo de una autoridad de Estados Unidos, no una condena penal ni una decisión judicial. Produce efectos muy serios, pero no equivale a una sentencia.
No necesariamente, y es la confusión más frecuente. Los sistemas de cumplimiento generan alertas por similitud de nombre. Para saber si hay designación real hay que comparar los datos identificativos de la entrada publicada con los suyos. Lo explicamos en homonimia en la Lista Clinton.
No, y desconfíe de quien se lo garantice. La decisión corresponde íntegramente a la OFAC. Lo que sí podemos hacer es evaluar con franqueza si hay fundamentos, preparar el expediente con rigor y acompañarle durante el procedimiento.
No. La OFAC no expide certificados de no inclusión; lo indica en su FAQ 469. Si alguien se lo ofrece a cambio de un pago, no procede de la OFAC.
Atendemos consultas en español de Colombia, México, Ecuador, Perú y de residentes hispanohablantes en Estados Unidos. Los procedimientos ante la OFAC son escritos y no exigen desplazamiento.
Contacto
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Cuéntenos qué ocurrió y qué le comunicó el banco. Le responderemos con una valoración inicial de las vías disponibles. No necesitamos documentos personales en este primer contacto.
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Tratamos cada consulta de forma confidencial. En el primer contacto no es necesario enviar documentos de identidad ni extractos bancarios.